Los 4 principales Códigos Deontológicos para una buena praxis periodística

El ejercicio del periodismo no es fácil. En él, intervienen personas y derechos. Historias. Información. Intereses. El tratamiento de la información que trabaja el profesional de la comunicación debe ser riguroso: necesita una base de conocimiento de buenas y malas praxis.

En este sentido, intervienen los Códigos Deontológicos del Periodismo. Son unos documentos consultivos y de obligado cumplimiento para los profesionales afiliados a la entidad que los emite. En ellos, se expresa cómo debe actuar un periodista en sus coberturas: es una declaración de intenciones hacia lo lícito, humano y honesto. A continuación, se exponen los cuatro principales.

1. Consell de la Informació de Catalunya

El Código Deontológico del Consell de la Informació de Catalunya se data en el 2016 y cuenta con 12 puntos y 5 anexos. La institución catalana empieza el documento con la necesidad de “informar de manera cuidadosa y precisa”. A lo largo de este, se exponen diferentes aspectos, como la rectificación de incorrecciones, el conflicto de intereses, la colisión entre el derecho a la información y a la intimidad y aquellos pertenecientes a menores de edad. En la parte correspondiente a los anexos, se incluye el fotoperiodismo, Internet, el plagio y los conflictos bélicos, así como el uso de las nacionalidades como adjetivos u otros términos -como la palabra “ilegal” referida a personas-.

2. Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología del Periodismo

El Código Deontológico de la Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología del Periodismo -una entidad de autocontrol con un patronato formado por la Federación de Asociaciones de Periodistas de España, la Asociación de Prensa de Madrid, la Asociación de Periodistas de Información Económica, la Asociación de Periodistas de Cataluña y otros organismos-, data su última actualización en el 2017. Este empieza con los “Principios generales”, entre los que se explica el de profesionalidad y ética, así como la libertad de investigar y el interés público. Después, se dedica un espacio al Estatuto. Es decir, a las condiciones laborales del periodista. Y, finalmente, se da paso a los “Principios de actuación”: cómo crear los relatos informativos, qué hacer ante información errónea y cómo actuar ante propuestas de retribuciones o gratificaciones. Es el mismo Código Deontológico que el que utiliza la Federación de Asociaciones de Periodistas de España.

3. Asociación de Periodistas de Investigación

El Código Deontológico de la Asociación de Periodistas de Investigación -la agrupación de profesionales de diferentes medios para velar por un periodismo de investigación de servicio público- se resume en un documento de 10 apartados. Así pues, las directrices que determina tratan la veracidad de la información, la transparencia y honestidad, la diligencia informativa, la protección de fuentes, el plagio, las retribuciones de terceros para periodistas y los conflictos de intereses. Si el profesional socio de API no cumple estas normas, una Comisión Deontológica Independiente -que trabaja en el sí de API- abre un estudio de caso y evalúa las infracciones cometidas.

4. Consejo de Europa

El Código Europeo de Deontología del Periodismo, aprobado por el Consejo de Europa en 1993, parte de la distinción entre noticias y opiniones. Considera que este es el “principio básico de toda consideración ética”. A continuación y con un tono más explicativo que imperativo, desgrana la importancia del derecho a la información y el papel de los medios de comunicación, así como el funcionamiento de las empresas periodísticas y de los poderes públicos. De modo similar al Consell de la Informació de Catalunya, se detalla y se dedica un espacio a los conflictos bélicos y a su cobertura. También incluye una recomendación al Comité de Ministros sobre su labor relacionada la mejora del derecho a la información.

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